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El solicitante puede elegir voluntariamente entre el Procedimiento General de Concesión o el Procedimiento con Examen Previo.
En ambos casos, una vez publicado el Informe sobre el Estado de la Técnica (IET) se abre un plazo de tres meses para que el solicitante decida el procedimiento por el que desea que se tramite su solicitud.
En el caso de que el solicitante opte por el Procedimiento general, la solicitud acaba concediéndose, siempre que el solicitante continúe con el proceso y aunque el IET sea desfavorable.
Si se opta por el Procedimiento con Examen Previo la OEPM examina a fondo la solicitud de patente y procede a su concesión o bien a su denegación (total o parcial).
A partir del 1 de abril de 2017 entrará en vigor la Nueva Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes y todas las solicitudes se tramitarán por el procedimiento con Examen Previo.